Consentimiento Informado de Telemedicina y uso de Scanner Biométrico
Responsable
NORMAFLEX, S.A. de C.V. — marca PREVIA Care MX.
Fundamento
Arts. 51 Bis 1, 51 Bis 2 y 77 Bis 37 LGS; Arts. 80, 81 y 82 Reglamento LGS; NOM-004-SSA3-2012 (4.2, 10.1, 10.1.1); NOM-024-SSA3-2012.
Vigencia
1.0 — a partir del 20 de mayo de 2026.
Fundamento legal
El presente Consentimiento Informado se emite en cumplimiento de los siguientes ordenamientos: artículos 51 Bis 1, 51 Bis 2 y 77 Bis 37, fracción IX, de la Ley General de Salud; artículos 80, 81 y 82 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica; Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012 "Del expediente clínico" (numerales 4.2, 10.1 y 10.1.1); Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2012; y, en lo conducente, los criterios técnicos para la prestación de servicios de telesalud emitidos por la Secretaría de Salud.
I. Naturaleza del acto médico
Se informa al Paciente que la atención que se le brindará a través de la Plataforma PREVIA Care MX se realizará bajo la modalidad de telesalud, es decir, mediante consulta a distancia con el Médico Tratante a través de medios electrónicos (videoconferencia, audio, chat) y con apoyo de tecnologías de tamizaje no invasivo (Scanner biométrico) y un asistente conversacional de inteligencia artificial para captura de información pre-clínica.
La telesalud NO sustituye la consulta presencial cuando esta resulta clínicamente necesaria a juicio del Médico Tratante.
II. Alcances y beneficios de la telesalud
Acceso oportuno a orientación médica sin desplazamiento;
Continuidad de tratamientos previamente establecidos;
Tamizaje inicial de signos vitales mediante el Scanner para informar al Médico Tratante;
Privacidad en el entorno propio del Paciente;
Integración digital del expediente clínico para consulta futura.
III. Limitaciones, riesgos y alternativas
Aviso importante: El Paciente debe comprender que la telesalud tiene limitaciones inherentes y que en determinados casos resulta insuficiente para un abordaje clínico adecuado.
Limitaciones de la telesalud
Imposibilidad de realizar exploración física directa (palpación, percusión, auscultación con instrumentos);
Dependencia de la calidad del video y audio para la observación clínica indirecta;
Imposibilidad de realizar procedimientos diagnósticos o terapéuticos invasivos;
Posibilidad de fallas técnicas o de conectividad que interrumpan la consulta;
Necesidad eventual de derivación a consulta presencial o a servicio de urgencias.
Casos en que la telesalud NO es apropiada (urgencias)
Dolor torácico, dificultad respiratoria severa, pérdida o alteración de la conciencia;
Crisis psiquiátrica con riesgo inminente de auto o heteroagresión;
Trabajo de parto, sangrado obstétrico o sospecha de embarazo ectópico;
Cualquier condición que, a juicio del Médico Tratante, requiera atención presencial.
Aviso importante: Ante cualquier urgencia médica, el Paciente debe acudir de inmediato al servicio de urgencias más cercano o llamar al 9-1-1. NORMAFLEX y la Plataforma NO son un servicio de urgencias y NO sustituyen la atención de emergencia.
Alternativas a la telesalud
Consulta médica presencial en consultorio, clínica u hospital;
Atención en servicios públicos de salud (IMSS, ISSSTE, IMSS-Bienestar, Secretaría de Salud);
Servicios de urgencias hospitalarias.
IV. Consentimiento para uso del Scanner biométrico
El Scanner es una herramienta tecnológica de tamizaje biométrico no invasivo, basada en fotopletismografía remota (rPPG), licenciada por un proveedor tecnológico independiente. Estima parámetros referenciales tales como frecuencia cardiaca, presión arterial estimada, variabilidad de frecuencia cardiaca, frecuencia respiratoria, saturación periférica de oxígeno (entre otros), mediante el análisis de imagen facial capturada por la cámara del dispositivo del Paciente.
Aviso importante: El Scanner NO es un dispositivo médico de diagnóstico. Sus resultados son estimaciones referenciales con un margen estimado de error de hasta el tres por ciento (3%) o el porcentaje declarado por el licenciante tecnológico para cada parámetro. Los resultados del Scanner NUNCA sustituyen mediciones realizadas con instrumentos médicos certificados, NUNCA sustituyen el juicio clínico del Médico Tratante y NUNCA deben utilizarse para autodiagnóstico ni para tomar decisiones terapéuticas sin supervisión médica.
El Paciente reconoce y acepta:
Que durante el uso del Scanner se le solicitará permanecer quieto, en un ambiente iluminado, frente a la cámara del dispositivo, por el tiempo que indique el sistema;
Que la cámara del dispositivo capturará su imagen facial exclusivamente durante la sesión de medición;
Que la imagen facial será procesada algorítmicamente y los parámetros estimados se incorporarán al expediente clínico electrónico para conocimiento del Médico Tratante;
Que los valores arrojados por el Scanner son referenciales y deben ser interpretados exclusivamente por el Médico Tratante;
Que el Scanner no es apto para personas con condiciones que impidan la captura adecuada de imagen facial (movimiento involuntario incontrolable, alteraciones dermatológicas extensas, etc.), supuesto en que la medición podrá no ser confiable o no concretarse.
V. Consentimiento para uso del Asistente de Inteligencia Artificial
La Plataforma incluye un Asistente IA (denominado comercialmente "Sofía") que apoya al Paciente en la navegación y captura información pre-clínica (motivo de consulta, antecedentes relevantes) que se transmitirá al Médico Tratante antes de la consulta. El Paciente reconoce y acepta que:
El Asistente IA es un sistema automatizado y NO una persona humana;
El Asistente IA NO emite diagnósticos, NO prescribe medicamentos y NO ofrece orientación clínica vinculante;
La información proporcionada al Asistente IA será almacenada y transmitida al Médico Tratante;
El Asistente IA puede generar respuestas imprecisas, incompletas o erróneas, por lo que sus contenidos no deben tomarse como definitivos;
El Paciente puede solicitar en cualquier momento ser atendido directamente por personal humano de soporte.
VI. Consentimiento para uso de cámara, micrófono y grabación
El Paciente otorga su consentimiento expreso para:
Que la Plataforma acceda a la cámara y micrófono de su dispositivo durante el uso del Scanner, la interacción con el Asistente IA y la videoconsulta con el Médico Tratante;
Que la sesión de videoconsulta pueda ser grabada parcial o totalmente, exclusivamente con fines de integración del expediente clínico, soporte de la consulta y cumplimiento regulatorio; las grabaciones se conservarán cifradas y con acceso restringido;
Que NO se realice grabación adicional con fines distintos a los anteriores sin un nuevo consentimiento expreso del Paciente.
VII. Consentimiento para tratamiento de datos personales sensibles
El Paciente declara haber leído y comprendido el Aviso de Privacidad Integral de NORMAFLEX y otorga su consentimiento expreso y por escrito, en términos del artículo 9 de la LFPDPPP, para el tratamiento y transferencia de sus datos personales sensibles (biométricos y de salud) por parte de NORMAFLEX, el Tercero Proveedor, el Médico Tratante, el licenciante tecnológico del Scanner y el proveedor del Asistente IA, exclusivamente para las finalidades primarias ahí establecidas.
VIII. Derecho a revocar el consentimiento
El Paciente puede revocar el presente Consentimiento en cualquier momento, comunicándolo al Médico Tratante o, en su caso, a través de los canales de la Plataforma. La revocación no tendrá efectos retroactivos sobre actos médicos ya prestados ni sobre la conservación del expediente clínico por el plazo legal mínimo (NOM-004).
IX. Preguntas y aclaraciones
El Paciente tuvo oportunidad de plantear todas las preguntas sobre el procedimiento, alternativas, beneficios, riesgos y limitaciones, mismas que le fueron resueltas a su entera satisfacción antes de otorgar el presente Consentimiento.
X. Manifestación final de voluntad
"Manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que he leído y comprendido el presente Consentimiento Informado, que mis dudas han sido resueltas, que actúo con plena capacidad y libertad, sin presión alguna, y que otorgo mi consentimiento informado para recibir atención médica en modalidad de telesalud a través de la Plataforma PREVIA Care MX, para el uso del Scanner biométrico, del Asistente IA, de cámara y micrófono, y para el tratamiento de mis datos personales sensibles en los términos aquí descritos."
Firma electrónica
El presente Consentimiento podrá otorgarse mediante firma electrónica simple o avanzada (e.firma/FIEL), conforme a los artículos 89, 89 bis, 90 y 90 bis del Código de Comercio. NORMAFLEX y/o el Tercero Proveedor conservarán evidencia electrónica del acto (fecha, hora, IP, dispositivo, mecanismo de aceptación) que hará prueba plena conforme al artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Adicionalmente, previo a cada videoconsulta, el Paciente podrá re-confirmar el presente Consentimiento mediante un mensaje breve en la Plataforma, en cumplimiento del principio de consentimiento informado por procedimiento (NOM-004-SSA3-2012 numeral 10.1.1).